miércoles, 16 de septiembre de 2009

CHILE: Entró en vigencia el Convenio 169 de la OIT

Miércoles 16 de septiembre de 2009 | | País


Entró en vigencia el Convenio 169 de la OIT
Aunque el reglamento transitorio incluye un procedimiento para consultar a los pueblos originarios, su opinión no impedirá la realización de ningún proyecto de inversión o programa.
Foto: La Nación


El primer paso para la implementación del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) se dio a conocer ayer en La Moneda, el mismo día en que el tratado internacional comenzó a regir en nuestro país.

El ministro secretario general de la Presidencia y coordinador de la política indígena del gobierno, José Antonio Viera-Gallo, junto a la representante de la OIT, Kirsten Maria Schapira-Felderhoff, explicó el reglamento provisorio que regula los procedimientos de consulta y participación de los pueblos indígenas.

“Lo importante aquí son los derechos de consulta, participación, preafirmación de todo lo que es su identidad propia y al mismo tiempo la valoración de la costumbre como fuente del derecho”, dijo Viera-Gallo, quien informó que el reglamento está en Contraloría.

“Siguiendo la recomendación del James Anaya (relator de pueblos originarios de Naciones Unidas), junto con tomar razón vamos a consultarlo a lo largo de todo el país y según eso se harán los cambios y modificaciones que se estimen pertinentes. No pudo ser consultado antes por la estrechez del tiempo”, explicó.

Aunque muchas reglas del convenio deberán ser implementadas paulatinamente, el tema de la consulta debía estar listo para el día de ayer, sino Chile hubiera incumplido el 169. Por eso se lanzó el documento previa consulta.

Este reglamento regirá hasta que se realicen los cambios que pretendan los indígenas. Aunque no está claro cuánto tiempo va a demorar la toma de razón de la Contraloría, la consulta y la redacción del reglamento definitivo, en la Conadi estiman que el proceso tardará alrededor de tres meses, por lo que en diciembre Chile contaría con un decreto consensuado entre el Estado y los pueblos originarios.

Indígenas no podrán vetar proyectos

Según el documento transitorio, cualquier proyecto de inversión que se quiera realizar en territorio indígena deberá ser consultado con el objetivo de llegar a acuerdo o lograr el consentimiento de las organizaciones representativas de los pueblos originarios, estén o no inscritas en la Conadi.

Sin embargo, esto no incluye el derecho a vetar los proyectos, ya que la opinión de los indígenas no impide su realización.

Cualquier medida legislativa o administrativa que les afecte también deberá contar con su participación.

“La ratificación del convenio de la OIT indica el comienzo de un proceso de diálogo y cooperación del gobierno y los órganos de la OIT. El objetivo consiste en trabajar en conjunto y asegurar que la legislación y la práctica nacional esté en concordancia con las instituciones del Convenio 169”, explicó Schapira-Felderhoff.

Desde ahora, Chile deberá dar cuenta una vez al año sobre el cumplimiento de los derechos indígenas.

Reconocimiento constitucional

“Esto es un camino que comienza. Tenemos que revisar e ir adaptando cada vez nuestro sistema jurídico a estándares internacionales de una nación intercultural”, expresó Viera-Gallo y llamó al Parlamento a aprobar el reconocimiento constitucional de los pueblos originarios.

En este momento hay cinco universidades que están estudiando la legislación chilena para decirle al gobierno cuáles son los cambios que debe hacer, los cuales estarían centrados en las leyes que tienen incidencia en la propiedad del agua y del territorio de los pueblos originarios.

La ley de geotermia, el Código de Aguas, el Código de Minería y algunas materias referidas a obras públicas tendrían que ser modificadas. “Eso ya será tarea del próximo gobierno y el próximo Parlamento”, concluyó el ministro.

PAULATINA IMPLEMENTACIÓN

Tras 18 años de diversos intentos para que el Congreso suscribiera el Convenio 169 de la OIT sobre derechos indígenas, ayer el Ejecutivo puso en marcha su paulatina implementación.

Al largo camino recorrido para su firma, se espera también un extenso debate nacional y parlamentario sobre cómo adecuar una serie de normas vigentes, como el Código de Aguas, el de Minería o las leyes de pesca y de Concesiones Eléctricas, que actualmente no incluyen los estándares del Convenio 169.

Estas eventuales modificaciones han puesto en alerta al mundo empresarial, que ve con preocupación que los derechos indígenas sobre recursos naturales y territorios, afecten sus proyectos de inversión.

Como punto de partida, el gobierno presentó ayer el reglamento transitorio sobre consulta y participación de los pueblos indígenas en los proyectos públicos y privados que les impacten.

La nula vinculación entre las opiniones de los indígenas y la toma final de decisiones que se establece en el decreto pavimenta el camino a una nueva polémica.

El reglamento definitivo estaría para diciembre, luego de recoger las impresiones de los pueblos originarios durante los meses que siguen.

La tarea deberá ser continuada por el próximo gobierno, que además deberá enfrentar la primera evaluación de la OIT a un año de la entrada en vigencia del convenio.

Aspectos del reglamento transitorio

- Qué se consulta: proyectos de inversión en territorio indígena y medidas legislativas o administrativas que les afecten.

- A quiénes se consulta: a las organizaciones representativas de los pueblos indígenas de carácter tradicional y a las que están inscritas en la Conadi.

- Cómo se consulta: se contempla un período de información a los pueblos indígenas, la recepción de sus observaciones y la elaboración de un informe con las conclusiones. Esto no impide la realización del proyecto de inversión.

¿Sobreimpuesto a las inversiones?

El Convenio 169 genera en el sector empresarial diversas aprensiones por eventuales impactos en proyectos mineros, forestales o eléctricos.

Entre ellas, que los derechos indígenas podrían constituir un retraso e incluso un freno a la inversión.

Pero en el gremio eléctrico prevén algunos efectos “si llegase a aplicarse” el artículo que establece que las comunidades podrán participar de las utilidades de una inversión que afecte sus tierras.

“Eso podría generar un sobreimpuesto”, dicen, aludiendo a una especie de “impuesto indígena” que, sin embargo, “podría llevar a lo que ocurre en Nueva Zelandia y Canadá: que las empresas después puedan descontar ese impuesto de su carga tributaria.

Al final, el impuesto lo pagan todos los chilenos”, añaden. Aún así, advierten que el Tribunal Constitucional determinó que sólo los artículos 6 y 7 sobre consulta son obligatorios.

“El resto son programáticas, es decir, que corresponderá implementarlos de acuerdo a las posibilidades. No son completamente exigibles”, concluyen.

Demandan presupuesto a Hacienda

Un grupo de organizaciones indígenas aymara, lican antay, rapa nui y mapuche envió una carta abierta al ministro de Hacienda, Andrés Velasco, donde plantean su preocupación respecto a si el Presupuesto 2010 asignará recursos para cumplir con el Convenio 169. Y ejemplifican con un tema vinculado a educación.

“El actual financiamiento destinado a educación intercultural bilingüe en las leyes de presupuesto no garantiza los derechos educativos y lingüísticos de que son titulares los niños y niñas de los pueblos indígenas”, señalan.

Añade que en 2009 se destinaron “montos sustantivamente

insuficientes para programas de educación bilingüe”, dijeron, instando al gobierno a asumir su deber de Estado, para que el Presupuesto 2010 marque el inicio de políticas presupuestarias permanentes para la educación intercultural bilingüe acordes con los derechos de los pueblos y a las obligaciones estatales”.

Fuente: Lanacion.cl


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