domingo, 26 de febrero de 2017

Chile: Pueblos originarios presentan Recurso de protección contra estatal Dirección General de Aguas



 
Declaración Pública
La  Coordinadora de Defensa del Agua y el Territorio de Tamarugal, manifiesta que:

- El Estado de Chile ha vulnerado en forma permanente los derechos de los pueblos indígenas de la región de Tarapacá y en particular de la provincia de Tamarugal, infringiendo normas internacionales y nacionales como el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, que regula la forma como los estados deben vincularse con los pueblos originarios.

- Esta vulneración permanente de derechos se manifiesta, entre otras cosas, en la no realización de consultas indígenas en los términos dispuestos por el Convenio 169 de la O.I.T., cuando se trata de inversiones que beneficiaran a grandes empresas que pretenden explotar los recursos naturales que se encuentran en nuestros territorios, entre otras.

- Hoy la Dirección General de Aguas (D.G.A.) pretende, a través de la Resolución N°245-2009, establecer medidas administrativas que implican entregar la administración del acuífero de aguas subterráneas del Tamarugal a una empresa privada, Aguas del Altiplano, quien con el 59% de los derechos de agua que administra podrá hacer y deshacer con ellas poniendo en grave riesgo la permanencia y proyección en el tiempo de las comunidades indígenas de la pampa del tamarugal que se dedican ancestralmente a la agricultura y la ganadería.

- Esta entrega de la administración se pretende realizar a través de la conformación de una comunidad de aguas en donde, por acción y omisión del estado durante décadas de desconocimiento de los derechos ancestrales de los pueblos indígenas sobre dicho recurso natural, ha entregado derechos de aprovechamiento a empresas privadas, que significa que un 59% estén bajo la administración de la empresa sanitaria, un 30% en manos de empresas mineras no metálicas y otras empresas, y solo un 11% en manos de indígenas agricultores y ganaderos y pequeños agricultores no indígenas.

- Por otra parte la D.G.A., ha impedido, a través de la Resolución N°245-2009, que los hermanos indígenas agricultores y ganaderos puedan acceder a la formalización de sus derechos ancestrales sobre las aguas subterráneas del Tamarugal, dado que ha declarado “Área de Restricción” el señalado acuífero de aguas subterráneas, impidiendo de esta forma que los indígenas puedan continuar desarrollando plenamente sus actividades productivas tradicionales, afectando sus posibilidades de surgir económicamente y de mantener las costumbres y tradiciones que van ligadas a sus actividades productivas.

- Todo lo anterior ocurre porque el estado de Chile, en la figura de la D.G.A., se ha negado a aceptar que debe realizar una consulta indígena en los términos del Convenio 169 de la O.I.T., con nosotros los pueblos originarios de la pampa del tamarugal quienes se ven afectados por estas medidas y tienen sobre los territorios que abarca la pampa del Tamarugal, derechos ancestrales en virtud de los cuales han venido desarrollando sus actividades productivas tradicionales y que forman parte de nuestra cultura y cosmovisión indígena.

- Es por ello que hoy, NOSOTROS LOS PUEBLOS ORIGINARIOS DE TAMARUGAL presentamos un recurso de protección en contra de la D.G.A., para que la justicia se pronuncie y deje sin efecto la resolución N°245-2009, que establece las medidas antes indicadas, y ordene a la D.G.A., realice una consulta indígena en los términos establecidos en el Convenio 169 de la O.I.T.

COORDINADORA DE DEFENSA DEL AGUA Y EL TERRITORIO DE TAMARUGAL
Iquique, 23 de febrero de 2017.

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