viernes, 26 de febrero de 2010

Comisión Interamericana de Derechos Humanos acoge reclamo Diaguita por aprobación de Pascua Lama


El 12 de febrero de este año la Comunidad de los Huascoaltinos fue notificada de la aceptación del reclamo en cuyas argumentaciones presentadas en junio de 2007 por la abogada Nancy Yañez, señala que se vulneró el derecho al consentimiento libre e informado, consagrado en la Convención Americana de Derechos Humano, y que no fueron convocados a ninguna instancia de participación ciudadana. "El proyecto Pascua Lama, al ocupar parte de nuestro territorio ancestral, nos quita la posibilidad de resguardar nuestro patrimonio natural y cultural", señalan. Ahora tienen un plazo de tres meses para presentar antecedentes adicionales.

Por Elías Paillan, Observatorio Ciudadano, lunes 22 de febrero de 2010

Otra de las escasas batallas ganada por los Huascoaltinos por la defensa de su territorio frente a la gigante multinacional Barrick Gold que desarrolla el proyecto Pascua Lama en sus tierras. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) notificó este 12 de febrero desde Washington, que su reclamo fue declarada admisible. "Con esto, esta instancia internacional reconoce que el Estado de Chile incurrió en presuntas violaciones a los derechos consagrados en la Convención Americana de Derechos Humanos al aprobar el Proyecto minero Pascua Lama [ ], sin tomar en cuenta nuestra opinión en ninguno de sus mecanismos formales.", señalan los Huascoaltinos en un comunicado.

La acción de reclamo fue presentado a la CIDH en junio de 2007 por la abogada Nancy Yáñez del Observatorio Ciudadano, en representación de los Huascoaltinos. "Sin embargo, el análisis de los argumentos de fondo fue retrasado por las reiteradas prórrogas solicitadas por el Estado de Chile, quien además solicitó que el caso no fuera admitido a tramitación, argumentando fallas formales de presentación. Tras 3 años de estudio de los antecedentes, no se da razón a los argumentos presentados por el Estado de Chile y se declaró admisible nuestro alegato", señalan.

El abogado del Observatorio Ciudadano Matías Meza, ahonda respecto de las implicancias jurídicas y políticas que tiene la admisibilidad del caso: "En principio significa que la denuncia cumple con los requisitos formales establecidos por el Reglamento de la CIDH. Pero más allá de eso, es necesario tener en cuenta que el Sistema Interamericano no está concebido como 'tercera instancia' sino que como un Tribunal que fija estándares en materia de derechos humanos. Por ello, la declaración de admisibilidad puede considerarse como la confirmación que estamos ante un caso emblemático, de cuya resolución puede surgir la pauta que el Estado de Chile deberá seguir en materia de derechos de los pueblos indígenas, particularmente después de haber firmado la Declaración de Derechos de Pueblos Indígenas de Naciones Unidas y el Convenio 169 de la OIT".

Esperanza en lo que se viene

Los Huascoaltinos señalan que les llena de esperanza el espacio internacional que se abre en el terreno del derecho internacional y les invita a seguir en la defensa de su territorio justo cuando los planes de Barrick Gold para sus tierras se hacen inminentes. Recuerdan cuando el 16 de noviembre pasado el Segundo Juzgado de Letras de Vallenar dictó sentencia favorable a Barrick permitiéndole realizar prospecciones mineras en 215,77 hectáreas de sus tierras, ubicadas en la Quebrada de Pachuy, con el objeto de ampliar su proyecto Pascua Lama.

Ahora tienen un plazo de tres meses para presentar antecedentes adicionales que serán revisados por la Comisión quien establecerá un plazo para llegar a una solución amistosa, y en caso contrario emitirá un informe de recomendaciones obligatorias para Chile, para ser cumplidas dentro de plazos previamente establecidos. Si el estado chileno no cumpliese con dichas recomendaciones, el caso pasaría a ser revisado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Faltas y multas

La Comisión Regional del Medio Ambiente de Atacama ya había decidido sancionar a la empresa Barrick por faltas en su proyecto Pascua Lama. La minera fue multada con 300 UTM ($9 millones 600 mil) por arrojar sedimento a los canales Crucesita y Las Majadas, en el valle del Carmen, debido a la construcción de caminos de acceso.

A esto se suma otra decisión internacional contra la empresa canadiense. En República Dominicana, la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Sánchez Ramírez, condenó este 17 de febrero a la Barrick Gold Corporation  al pago de 500 mil pesos diarios y la devolución de más de 200 hectáreas que habían sido ocupadas ilegalmente para explotar oro.


Fuente: http://www.observatorio.cl/noticias/comision-interamericana-de-derechos-humanos-acoge-reclamo-diaguita-por-aprobacion-de-pascua-lama/

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