domingo, 22 de diciembre de 2013

Arica- Chile: Por vigencia de Convenio 169 OIT reconocen derechos ancestrales de Justicia Indígena

Fueron imputados de romper un cercado de 500 metros, según ellos dentro de sus límites. La resolución emitida por la jueza de garantía, argumentó que "este tribunal está obligado a considerar las costumbres de este pueblo originario (aymara) en materia penal", por lo que los imputados, de la localidad de Chucuyo, al interior de la región de Arica y Parinacota, fueron absueltos de los cargos.
 

En el tribunal. (Defensoría) 
Una familia aymara de Chucuyo, localidad al interior de la comuna de Putre, en la región de Arica y Parinacota, fue absuelta de los cargos de destruir parte de la propiedad privada de vecinos, en virtud de la aplicación del connvenio internacional 169 suscrito por Chile, que establece en la medida de lo posible, adecuar las normativas del Estado Chileno a las prácticas ancestrales de los pueblos originarios.

En este caso puntual, la jueza de garantía del tribunal ariqueño, Andrea Iligaray, estableció en su resolución que "este tribunal está obligado a considerar las costumbres de este pueblo originario (aymara)en materia penal", por lo que los imputados fueron absueltos de los cargos.

El conflicto llegó a tribunales en diciembre de 2012, luego que la habitante del lugar, Virginia Mollo, denunciara ante Carabineros que sus vecinos habían roto alrededor de 500 metros de un cercado de terreno instalado por ella.

Los interpelados por tal acusación eran los tres integrantes de una familia que vive en el mismo sector, los ancianos Ceferino Morales y su hermana Matilde Morales, además del hijo de esta última, Antonio Apaz Morales.

Ellos adujeron a su favor que el cercado estaba dentro de sus límites y que cuando ocurre algo así en el altiplano, está aceptado por norma ancestral, resolver el conflicto de esa manera.

En el fundamento de su resolución, la jueza Iligaray citó que "el convenio de la OIT en su artículo 9.1 señala que "en la medida que ello sea compatible con el sistema jurídico nacional y con los derechos humanos internacionalmente reconocidos, deberán respetarse los métodos a los que los pueblos interesados recurren tradicionalmente para la represión de los delitos cometidos por sus miembros". Y en su punto 2 agregó que "las autoridades y los tribunales llamados a pronunciarse sobre cuestiones penales deberán tener en cuenta las costumbres de dichos pueblos en la materia".

"Es muy valorable que la magistrada recoja ampliamente todo el contexto cultural en que ocurrieron los hechos narrados...", manifestó el abogador defensor Antonio Raveau Drouilly. 

El profesional llamó la atención también que ambas partes admitieron ser aymaras y reconocieron normas ancestrales aplicables en este caso en que "la divergencia sólo se produjo en detalles del supuesto daño y su significación", explicó.

La resolución fue calificada además por el abogado como histórica y que sienta jurisprudencia respecto a los mecanismos de resolución de conflictos en este tipo de casos. 
Fuente: Soyarica.cl
Difunde: Ukhamawa Noticias
 "Así es" en lengua aymara

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