Al contrario, se comprueba un importante retroceso en la materia, con el retorno y profundización de viejas políticas indigenistas. Resulta grave además, la ausencia de consideración a las recomendaciones del Relator Especial y de otros órganos de la ONU en el programa de acción propuesto, ya que son obligaciones del Estado en materia de derechos humanos e indígenas.
Por Blas Pantel *
En materia de políticas públicas y pueblos indígenas, el Programa de Gobierno 2010 de Sebastián Piñera menciona cuatros ejes principales para un supuesto cambio de enfoque y de práctica. A pesar de señalar con fuerza la "riqueza multicultural" del país, la necesidad de cuidar, tal cual como se cuidaría a un niño, la cultura e identidad indígenas, se constata al revisar estos ejes de la "nueva política indígena" que ellos representan un retroceso en materia de derechos de pueblos indígenas. Con un marcado enfoque indigenista e integracionista, nos hace recordar los viejos tiempos de aquella política estatal hacia los pueblos indígenas que tuvo fuerza en los países latinoamericanos durante la primera mitad del siglo XX. Es evidente que la ausencia del termino "derecho" y de una referencia a las recomendaciones de los órganos de Naciones Unidas en materia de pueblos indígenas, marco obligatorio de cualquier tipo de acción o política pública, refleja lo que será el futuro actuar de su administración durante los próximos cuatros años.
Antes de abordar posibles desafíos en materia de políticas indígenas, parece importante recordar cuáles son los cuatros ejes del Programa de Gobierno 2010, donde se constata también, en un breve análisis, el fracaso de las políticas indígenas de los sucesivos gobiernos anteriores, mal enfocadas y excesivamente "ruralizantes", además de las malas gestiones del organismo encargado de "promover, coordinar y ejecutar la acción del Estado", CONADI.
Primero, se menciona la creación de un Fondo de Desarrollo Indígena para "reforzar proyectos de organizaciones culturales indígenas urbanas; potenciar el apoyo para el desarrollo agrícola productivo y priorizar programas educacionales en todos los niveles educativos y de capacitación". También se señala la puesta en marcha del llamado Plan Araucanía "que instalará una Mesa de Diálogo y un Proyecto de Desarrollo para las comunidades, con recursos para realizar una transformación económica y social profunda, basada en el enorme potencial agrícola, ecoturístico y cultural de las comunidades mapuches".
Segundo, en materia de política de tierra, se señala que se enfatizará en la utilización del mecanismo establecido en el artículo 20 letra a) de la Ley Indígena, por tanto con clara voluntad de enfocarse en una política individualista de subsidio, eludiendo la responsabilidad del Estado en relación a la restitución territorial.
Tercero, se señala la instauración de una nueva institucionalidad. Que incluiría una Oficina de Asuntos Indígenas, "plataforma que absorberá diversas demandas, en una modalidad de ventanilla única, ya sean sociales, económicas o culturales". Además, "se incluirá oficialmente a las autoridades tradicionales de las distintas etnias en los protocolos municipales, provinciales y regionales correspondientes", aumentando el rol de los municipios en la aplicación de las políticas públicas, y se transformaría, sin señalar cómo, a la CONADI en una Agencia de Desarrollo Indígena. En el mismo paquete se consigna también, pero sin avanzar en cuál será su contenido, el tan postergado reconocimiento de los pueblos indígenas en la Constitución del país, y la creación de un Consejo de Pueblos Indígenas de carácter consultivo, sin mencionar si este nuevo ente tiene que ver con una figura planteada en los últimos proyectos del Gobierno de Bachelet.
Cuarto, buscando "potenciar la identidad y cultura de los pueblos indígenas", se señala la creación de "una comisión que realice un diagnóstico cultural para fomentar, a través de la educación formal, una comunicación cultural comprensiva entre los distintos grupos indígenas y la sociedad en su conjunto". Además, se efectuaría "una evaluación completa y sistemática de los resultados que ha tenido el programa de Educación Intercultural Bilingüe, para mejorar y potenciar los planes y programas de fortalecimiento de la lengua indígena, sus talleres y monitores". Finalmente, se "creará el Centro Bicentenario de Fomento de las Culturas Indígenas, que asesorará y generará contenidos para la difusión de ellas", con políticas educacionales específicas.
Lo que podemos destacar de estos cuatros ejes, es un enfoque claramente basado en la productividad y la integración de los pueblos indígenas a la economía de mercado. Ha sido un viejo sueño de los Estados la sistemática voluntad de integrar los pueblos indígenas en una economía mercantil, con el único objetivo de incorporarlos para su mayor dilución como entidades culturalmente diferenciadas. En forma paralela, con una visión asistencialista y de viejo paternalismo, se busca folklorisar aun más el tema indígena, queriendo preservar una forma de identidad cultural definida desde el Estado. Esta política indigenista, tiene la clara voluntad de consolidar el llamado Estado-Nación, el que desde su conformación, sigue estando en proceso de construcción permanente pero excluyente, sin haber terminado un proceso de consolidación mayor. Esta necesidad de folklorisar a las culturas indígenas evidencia además un intento de control social hacia los pueblos indígenas y sus culturas, lo que es coherente, a lo menos, con el logo de Gobierno: ¡por la razón o la fuerza!
La política pública antes descrita es también eminentemente de carácter individualista y busca favorecer el clientelismo existente. Con este enfoque, el Estado no se hace cargo de las demandas territoriales y colectivas de los pueblos indígenas. Además debemos lamentar, pero no sorprendernos, de la ausencia de referencias expresas al tema de los recursos naturales y del reconocimiento de los territorios indígenas, como lo estipula el Convenio 169 de la OIT y el derecho internacional.
No existe tampoco alusión a la palabra "derecho" en el programa de Gobierno 2010, es decir, existe una negación del otro y de sus derechos, de que los pueblos indígenas sean sujetos de derechos, lo que significa un retroceso en materia de derechos de pueblos indígenas en el país.
Por último, y es fundamental abordar este tema, no existe ninguna referencia a las recomendaciones de los órganos de Naciones Unidas en materia de derechos humanos e indígenas. Recordemos que durante el año 2009, cuatros órganos de la ONU, el Consejo de Derechos Humanos al cual Chile pertenece, el Comité Contra la Tortura, el Comité Para la Eliminación de la Discriminación Racial y el Relator Especial para los pueblos indígenas James Anaya, han hecho una serie de recomendaciones al Estado chileno en materia de derechos indígenas. Estas recomendaciones, que vinieron reforzar recomendaciones anteriores, como las del Comité de Derechos Humanos en 2007 y las del ex Relator Especial para pueblos indígenas, Rodolfo Stavenhagen, después de su Misión Oficial a Chile durante el año 2003, constituyen obligaciones frente a la comunidad internacional a través de los Tratados y Pactos Internacionales ratificados y vigentes en el ordenamiento jurídico chileno. Y son, a su vez, el marco legítimo de cualquier tipo acción pública que atañe a los pueblos indígenas del país.
Es por eso que vemos la obligación de señalar, como marco pertinente para una futura política publica, las recomendaciones del actual Relator Especial para pueblos indígenas, James Anaya, quien visitó el país durante el mes de abril de 2009 para dar seguimiento a las recomendaciones del anterior Relator Especial formuladas en 2003.
Primero, en materia de consulta hacia los pueblos indígenas, Anaya establece que se debe generar "un procedimiento efectivo de consulta, de acuerdo a los estándares internacionales obligatorios para el Estado". En este sentido, el Relator Especial ha reiterado "su recomendación de llevar a cabo una consulta para determinar el procedimiento para implementar en Chile los estándares internacionales en las consultas propiamente dichas, antes de la adopción de cualquier medida que afecte directamente a los pueblos indígenas o a una comunidad indígena". Esta consulta a los representantes y comunidades de pueblos indígenas debe ser sistemática y sobre cualquier proyecto, ya sea legislativo, administrativo o de otro tipo, que les ataña. Procedimiento de consulta que debe respetar los estándares mínimos del Convenio 169 de la OIT, y que debe aplicarse a todo tipo de política o programa de Gobierno en materia de pueblos indígenas.
Segundo, y a propósito del reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas, el Relator Especial destacó la necesidad de "asegurar que tanto la consulta como los contenidos de las reformas a adoptar sean plenamente conformes con las normas internacionales aplicables, incluido el Convenio Nº 169 y la Declaración de Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas".
Tercero, y señalando el nuevo marco que establece el Convenio 169 de la OIT, el Relator Especial "recomienda al Estado de Chile establecer un mecanismo efectivo para reconocer los derechos de los pueblos indígenas sobre tierras y recursos naturales que se basan en la ocupación y uso tradicional o ancestral, de acuerdo con las normas internacionales relevantes". Y el Relator va aun mas allá, recomendando "reformar los procedimientos existentes del Fondo de Tierras y Aguas para adecuarlo a las normas contemporáneas de reconocimiento y restitución de los derechos de los pueblos indígenas a las tierras y recursos de ocupación y uso tradicional o ancestral, especialmente a la luz de la reciente ratificación por parte de Chile del Convenio Nº 169".
Lo que el Relator Especial hace, es llamar a formular una política de tierras coherente y que se adecue a los estándares internacionales de derechos humanos e indígenas, incorporando tanto la restitución como la compensación. Además, y en la misma perspectiva de política territorial, el Relator Especial insta a la revisión de todos los proyectos industriales (hidroeléctricos, mineros, forestales, de celulosa, piscicultura y salmoneros) que afecten directa o indirectamente a territorios indígenas y sus habitantes en el marco del Convenio 169 de la OIT y de la Declaración de Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, a fin de obtener el consentimiento previo, libre e informado de los pueblos indígenas para su desarrollo. Este es un derecho que los pueblos indígenas tienen a decidir su futuro y su propio desarrollo, y a que no le sea impuesto un modelo de desarrollo desde arriba, que busca favorecer el clientelismo existente e instalado.
Cuarto, en relación a la aplicación de leyes especiales como la Ley antiterrorista, el Relator Especial hace un análisis preciso sobre la situación observando "que la falta de un mecanismo para reivindicar los derechos a las tierras ancestrales o a reparar a los indígenas por las tierras que hayan sido tomadas sin su consentimiento, podría haber contribuido a un ambiente de enfrentamiento en el que algunos miembros de las comunidades mapuches se habrían sentido sin opciones adecuadas y, por ende, habrían optado por la protesta social que en algunos casos implicaría la comisión de delitos y de actos contrarios al orden público". Dado el incumplimiento de normativas internacionales y de las garantías procesales internas que el uso de esta ley provoca, y ante la necesidad de establecer un diálogo constructivo, con el objetivo de buscar soluciones y evitar la estigmatización de la cual son particularmente víctimas los mapuche, el Relator Especial hace un llamado a las autoridades competentes e insta a reformar la Ley antiterrorista, adoptando "una definición más precisa de los delitos de terrorismo, de acuerdo con las recomendaciones pertinentes del Comité de Derechos Humanos y del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial". Además, como lo había pedido el ex Relator Especial en su Informe de Misión Oficial a Chile en 2003, recuerda que es urgente revisar la situación de los mapuche condenados por Ley antiterrorista y los juicios actuales, a fin de que se respete el derecho al debido proceso, que en Chile sigue siendo vulnerado de manera sistemática.
Finalmente, en materia de violencia y abusos policiales contra miembros del pueblo mapuche en contextos de allanamientos y otras operaciones policiales, junto con instar al Estado a prevenir dichos actos, "el Relator Especial hace un llamado a que las autoridades competentes investiguen las quejas de abusos y violencia contra las personas indígenas cometidas por miembros de la policía, a que sean enjuiciadas y sancionadas las personas responsables de dichos actos, y que se repare a las víctimas o a los familiares de las víctimas". Son los casos, entre otros donde se ha denunciado violencia excesiva, torturas y otros tratos crueles y degradantes, de las familias de los jóvenes Alex Lemun, Matias Catrileo y José Mendoza Collio, todos ellos asesinados por la policía.
Para concluir, podemos destacar que en el Programa de Gobierno 2010 del Presidente Piñera no hay señales de una política profunda en materia de pueblos indígenas, que impulse nuevas metas de trabajo para el futuro. Al contrario, se comprueba un importante retroceso en la materia, con el retorno y profundización de viejas políticas indigenistas. Resulta grave además, la ausencia de consideración a las recomendaciones del Relator Especial y de otros órganos de la ONU en el programa de acción propuesto, ya que son obligaciones del Estado en materia de derechos humanos e indígenas.
Cabe preguntarse, entonces, cómo la administración actual será capaz de establecer un diálogo constructivo con los pueblos indígenas, si tanto en el discurso como en la práctica, sus derechos se ven negados.
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