Al pleno del Congreso del Perú acaban de llegar dos dictámenes sobre Ley de Consulta de espíritu bien distinto, el de la Comisión de Constitución y Reglamento y el de la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos, Afroperuanos, Ambiente y Ecología. Los respectivos proyectos de ley se fundamentan en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, en este tratado sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, pero con modulaciones que difieren profundamente. Los dictámenes de motivación de los proyectos son sumamente expresivos de la disparidad de fondo. El de la Comisión de Pueblos atiende propuestas y justifica opciones. El de la Comisión de Constitución manifiesta sus propuestas de modo más expedito, sin entretenerse en argumentos. Naturalmente, la diversidad de posiciones se trasluce en los mismos proyectos legislativos, lo decisivo al cabo. El texto completo está disponible para lectura y comentarios en: http://clavero.derechosindigenas.org/?p=6199 |
miércoles, 19 de mayo de 2010
Perú: Dilema Parlamentario sobre Consulta Indígena (Comentario de Urgencia)
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